Características
Objetivos:
La Ley Nacional 25.028, promulgada el 1º de diciembre de 1999, introdujo reformas al régimen establecido en la ley 20.266, que regula el ejercicio de la actividad del Martillero y del Corredor de Comercio.
La más importante fue establecer como condición habilitante para el desempeño de estas profesiones, poseer el título universitario Respectivo.
En función de ello, se ofrece una carrera con un diseño curricular desarrollado desde una perspectiva multidisciplinaria, con el objetivo de preparar profesionales con sólidos conocimientos teórico-prácticos y una elevada formación ética y humanista.
Campo Laboral
El título de Martillero y Corredor de Comercio habilita al profesional para:
. Efectuar ventas en remates particulares, oficiales y judiciales de cualquier clase de bienes muebles e inmuebles, incluidos semovientes, acciones y títulos no cotizables en bolsa, marcas y patentes
. Actuar como auxiliar de la justicia en la ejecución de sentencias de remates y como Perito Tasador.
. Realizar la intermediación imparcial entre la oferta y la demanda, o corretaje en la compra de bienes muebles e inmuebles u otros bienes susceptibles de tener valor.
. Efectuar tasaciones de bienes muebles, inmuebles, semovientes.